NOTA PUNTAL AM – AUMENTO DE LITIGIOSIDAD DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
En esta entrevista, la doctora Cristina Azocar abogada Laboralista miembro y co- fundadora del Foro de Derecho del Trabajo de Río Cuarto abordó el tema del aumento de los accidentes laborales y la litigiosidad asociada en nuestra ciudad destacando que esta situación refleja la tendencia a nivel nacional.
Señaló que una de la causas principales de los accidentes y enfermedades profesionales es, por un lado, la falta de política de Estado y mecanismos de prevención de los mismos y por el otro, la falta y omisión de controles o controles insuficientes en lo que hace a la normativa de Higiene y Seguridad, entre muchas otras que no se están abordando en debida forma.
Comentó que la ausencia de medidas de seguridad adecuadas, especialmente en sectores como la construcción, es un problema recurrente. La falta de control por parte de las autoridades competentes, como el Ministerio de Trabajo, y las deficiencias en el funcionamiento de las ART (Aseguradoras de Riesgos del Trabajo) en el sentido preventivo también son factores que contribuyen a la problemática.
Explicó que el incremento de las demandas por accidentes y enfermedades profesionales está relacionado con la falta de respuesta adecuada por parte de las ART cuando no cumplen con sus obligaciones de control y luego de contención en lo que hace a las prestaciones médicas que el trabajador necesita para su recuperación.
Indicó también que, si estos servicios funcionarán correctamente, se podrían evitar muchos de los reclamos judiciales.
En cuanto a la reforma laboral, la Dra. Cristina Azocar expresó escepticismo sobre su capacidad para aumentar el empleo registrado, argumentando que beneficia a quienes no han cumplido con las normativas laborales en lugar de incentivar su cumplimiento. También manifestó su preocupación sobre el impacto de la reforma en la registración de las relaciones laborales ya que de la nueva normativa se vislumbra un incentivo para el empleo informal “la reforma parece beneficiar a aquellos trabajadores que no han cumplido con la ley en el pasado, mientras que aquellos que han pagado sus aportes correctamente no reciben ningún incentivo adicional”. Según la profesional esto podría desincentivar el cumplimiento legal, en lugar de fomentarlo.
En cuanto al mecanismo de mediación obligatoria, explicó que no se aplica en los conflictos laborales, y que en su lugar, el Ministerio de Trabajo – de hecho- cumpliría una función similar al ofrecer un espacio para resolver problemas, lo que en la realidad tampoco sucede. Este aspecto es una asignatura pendiente que ni la reforma laboral ni las leyes laborales vigentes contemplan.
Para los casos de accidentes y enfermedades laborales, menciona que existe una instancia previa obligatoria mediante el procedimiento administrativo ante las comisiones médicas, la cual busca mejorar las prestaciones en especie y dinerarias a favor de los trabajadores con la intención, además, de evitar que los conflictos lleguen a judicializarse. Sin embargo, no siempre se logra el objetivo ni se cumple en dicho ámbito con la cobertura médica integral y necesaria para contener a los trabajadores. Esto, se suma a las razones que influyen en la judicialización de reclamos laborales por accidentes y enfermedades profesionales.
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