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La Cámara Federal de Córdoba habilitó iniciar demandas previsionales sin reclamo previo ante ANSES

 

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba dictó un fallo relevante en materia previsional, al habilitar la posibilidad de iniciar demandas judiciales contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) sin necesidad de interponer previamente un reclamo administrativo. Esta decisión se enmarca en el expediente promovido por la señora Luisa Haydee Arroyo, quien solicitó el reajuste de su haber jubilatorio.

Fundamentos del fallo

El tribunal consideró que la exigencia de agotar la vía administrativa antes de acudir a la justicia constituye un “ritualismo inútil” que obstaculiza el acceso efectivo a la tutela judicial. En este sentido, se priorizó el principio de celeridad procesal y el derecho constitucional de acceso a la justicia, especialmente en el ámbito previsional, donde los derechos comprometidos tienen carácter alimentario.

Contexto normativo y jurisprudencial

Tradicionalmente, el artículo 1° de la Ley 19.549 de Procedimiento Administrativo establece la necesidad de agotar la instancia administrativa antes de recurrir a la vía judicial. Sin embargo, tanto la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación como la doctrina especializada han sostenido que este requisito no debe aplicarse con “rigorismo formal” cuando ello implique una restricción irrazonable al acceso a la justicia.

En particular, el Máximo Tribunal ha señalado que el agotamiento de la vía administrativa no puede convertirse en un obstáculo que impida el ejercicio de derechos constitucionales, especialmente en casos donde el reclamo administrativo no tiene efectos prácticos o dilata innecesariamente la resolución del conflicto.

Implicancias procesales

El fallo de la Cámara Federal de Córdoba introduce una flexibilización en los requisitos procesales aplicables a las demandas previsionales, permitiendo que los jubilados puedan acudir directamente a la justicia sin necesidad de realizar un trámite previo ante ANSES. Esta interpretación podría ser adoptada por otros tribunales del país, generando un cambio de criterio en la práctica judicial.

Entre las implicancias jurídicas más relevantes se destacan:

  • Reducción de tiempos procesales: al eliminar el paso administrativo previo, se agiliza el inicio de la acción judicial.
  • Mayor acceso a la justicia: especialmente para personas mayores, que enfrentan barreras burocráticas.
  • Potencial impacto nacional: si otros tribunales adoptan el mismo criterio, podría consolidarse una nueva línea jurisprudencial.

La decisión de la Cámara Federal de Córdoba se inscribe en una tendencia jurisprudencial que busca garantizar el acceso efectivo a la justicia, evitando formalismos que no aportan soluciones reales al conflicto. Si bien no modifica la normativa vigente, establece una interpretación que prioriza los derechos sustanciales por sobre los requisitos formales, en línea con los principios constitucionales y convencionales aplicables en materia previsional.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) publicó en el Boletín Oficial la Resolución 41/2025, mediante la cual se habilita la posibilidad de celebrar acuerdos económicos voluntarios en casos de alta médica sin secuelas incapacitantes.

La medida establece que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), empleadores autoasegurados o no asegurados podrán iniciar procedimientos de homologación ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales, en el marco de la Ley 27.348, cuando el trabajador haya sido dado de alta sin presentar incapacidad laboral permanente.

Características del acuerdo

  • El acuerdo es de carácter voluntario y excepcional.
  • No implica reconocimiento de incapacidad laboral.
  • No habilita el acceso a prestaciones dinerarias previstas en la Ley 24.557.
  • Su homologación tendrá autoridad de cosa juzgada administrativa.

La resolución busca ofrecer una vía alternativa para resolver conflictos derivados de accidentes o enfermedades laborales que no generan secuelas incapacitantes, evitando la judicialización de casos que podrían resolverse en sede administrativa.

Leer  Completa –  Resolución 41/2025 –Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT)  

Resolución 41/2025

 

 

El pasado jueves 11 de septiembre se vivió un momento de gran relevancia académica y jurídica en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba, con la presentación oficial del libro “Sindicalización de las Fuerzas de Seguridad. El Servicio Penitenciario, armonización con otros derechos”, obra de la Dra. Cristina Azócar, publicada por Rubinzal Culzoni Editores.

La apertura institucional estuvo a cargo del Dr. Carlos Toselli, Decano de la Facultad, quien destacó el valor de la investigación como aporte al debate jurídico contemporáneo. El momento central del evento fue la presentación del libro por el Dr. Juan Carlos Maqueda, ex ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quien ofreció una exposición profunda y emotiva sobre el contenido de la obra y su impacto en el derecho constitucional y laboral.

Maqueda subrayó la valentía intelectual de Azócar al abordar un tema de alta sensibilidad jurídica: el reconocimiento de derechos sindicales en las fuerzas de seguridad. En su intervención, elogió el rigor académico de la autora, la solidez argumentativa de su tesis doctoral, y la capacidad de articular doctrina, jurisprudencia y normativa internacional en una propuesta que interpela al sistema jurídico argentino.

Durante su intervención, el Dr. Juan Carlos Maqueda enmarcó la obra en el contexto de los desafíos actuales, tanto a nivel nacional como internacional, y destacó su contribución a la revalorización del Estado social de derecho. Señaló que “ estamos ante un libro que puede marcar un antes y un después del pensamiento jurídico argentino, porque está abriendo surcos, agregó que “se trata de una obra que interpela, que nos invita a mirar desde una perspectiva distinta un tema que hasta ahora ha sido abordado con una mirada única y limitada¨.

Maqueda subrayó que el libro no solo aborda una cuestión inédita, sino que lo hace con profundidad y equilibrio, al plantear la tensión entre la disciplina institucional de las fuerzas de seguridad y el ejercicio legítimo de sus derechos individuales y colectivos.”
Maqueda definió a la obra como “contracultural” que nos invita a reflexionar y repensar la temática desde otra mirada.

La presentación contó con una amplia concurrencia diversa y representativa, que reflejó la relevancia jurídica y social del tema abordado. Participaron miembros del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, jueces provinciales y federales, el presidente del Colegio de Abogados de Córdoba, referentes de entidades sindicales, profesionales del derecho y agentes de las fuerzas de seguridad provenientes de distintos puntos de la provincia y de otras jurisdicciones del país. También se hicieron presentes docentes universitarios, estudiantes y representantes de organizaciones comprometidas con los derechos humanos y el mundo del trabajo. El encuentro se desarrolló en un clima de celebración, reflexión y profundo compromiso con la ampliación de derechos en sectores históricamente postergados.

Este evento abre un espacio de diálogo sobre la necesidad de revisar los límites del derecho laboral en contextos institucionales complejos.

La autora expresó su emoción y gratitud por el acompañamiento recibido, y reafirmó su convicción de que el derecho debe estar al servicio de la dignidad humana.

 

      

 

 

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Tapa libro Dra. Cristina Azocar

En el marco de la presentación de su nuevo libro en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba, la abogada laboralista Cristina Azócar fue entrevistada por el medio LV16, donde profundizó sobre una temática que desafía los límites tradicionales del derecho laboral argentino: la posibilidad de sindicalización de las fuerzas de seguridad.

Durante la entrevista, Azócar expuso los ejes centrales de su obra, que analiza con rigurosidad jurídica y perspectiva internacional el derecho de asociación, negociación colectiva y huelga en el ámbito de las fuerzas de seguridad, incluyendo a la Policía y al Servicio Penitenciario. El libro, que cuenta con el respaldo de dictámenes emitidos por el ex integrante de la Corte Suprema Juan Carlos Maqueda, propone una lectura crítica y propositiva sobre el reconocimiento de derechos laborales en sectores históricamente excluidos del ejercicio sindical.

Uno de los aportes más relevantes del texto es su enfoque sobre el Servicio Penitenciario de la Provincia de Córdoba, donde se examina el reconocimiento parcial de derechos sindicales y se plantea la necesidad de avanzar hacia una regulación más clara y garantista. Azócar sostiene que la jurisprudencia argentina, junto con los estándares internacionales en materia de libertad sindical, habilitan un debate profundo sobre la inclusión de estos trabajadores en el sistema de relaciones laborales.

La entrevista también destaca el contexto de presentación del libro, que contó con la presencia de referentes del ámbito jurídico y académico, consolidando el compromiso de la autora con la reforma laboral y la ampliación de derechos.

Este artículo forma parte del sitio oficial de la autora, como testimonio de su participación en medios y como espacio de reflexión sobre los desafíos que plantea el derecho laboral contemporáneo.

Leer nota completa en LV16

 

Presentación de libro en Córdoba a cargo del Dr. Juan Carlos Maqueda

Sindicalización de las Fuerzas de Seguridad. El Servicio Penitenciario armonización con otros Derechos.
Editorial Rubinzal -Culzoni

 

En las próximas horas se presentará en la ciudad de Córdoba una obra de gran relevancia para el derecho a la sindicalización, escrita por la Dra Cristina Azócar. El libro, que constituye su tesis doctoral, aborda con profundidad y rigor académico la sindicalización de las Fuerzas de Seguridad, un tema de enorme actualidad y sensibilidad jurídica.

El doctor Juan Carlos Maqueda ha manifestado que ¨será un honor acompañar a la doctora Azócar en esta presentación¨, que se llevará a cabo el miércoles 11 de septiembre a las 16:00 hs, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba. Además, destacó que el contenido del libro se vincula con un voto en disidencia en el que participó como miembro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, lo que le otorga un valor adicional desde la perspectiva jurisprudencial.

El evento contará con:

  • Apertura institucional a cargo del Dr. Carlos Toselli, Decano de la Facultad de Derecho
  • Presentación del libro por el Dr. Juan Carlos Maqueda

Se espera un espacio de debate serio, transparente y respetuoso, acorde a la relevancia de la temática abordada.

Boletín Informativo | Derecho y Salud

 

Legislación vigente

El Senado de la Nación dejó sin efecto el veto presidencial y reactivó la Ley 27.793, que declara la emergencia en discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga. La norma contempla:

 

  • Actualización automática de aranceles según inflación
  • Reformulación de pensiones no contributivas
  • Compensaciones económicas para prestadores especializados
  • Compatibilidad laboral para beneficiarios de pensiones
  • Estímulos al empleo protegido

 

 

Fallo judicial relevante

El Juzgado Federal de Campana declaró inconstitucional el veto presidencial al artículo 3 del Decreto 534/2025. El juez Adrián González Charvay resolvió que el veto vulnera derechos fundamentales, especialmente en el caso de niños con discapacidad. El fallo se originó en una acción de amparo presentada por dos familias y restablece los efectos de la ley para ellas.

 

Conversatorio profesional

En la ciudad de Buenos Aires, las Dras.  y GABRIELA CASO y CRISTINA AZOCAR participaron del conversatorio sobre el fallo judicial. Se abordaron:

  • Fundamentos legales del magistrado
  • Impacto en el colectivo de personas con discapacidad
  • Implicancias para instituciones especializadas en atención
  • Evaluación de acciones futuras conforme a consultas recibidas

 

Desde el 1º de agosto de 2025, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba implementó una reforma clave en el fuero laboral: los reclamos por enfermedades profesionales rechazadas por la Comisión Médica Jurisdiccional ahora se tramitan bajo el Proceso Declarativo Abreviado (PDA).

 

Este cambio completa la aplicación del artículo 83 bis de la Ley 7987, modificada por la Ley 10596, y busca consolidar un sistema judicial más ágil, conciliador y eficiente.

 

Resultados que respaldan el cambio

 

Las estadísticas presentadas por el TSJ son contundentes:

 

  • Duración promedio de los juicios: 190 días corridos.

 

  • Tasa de conciliación: 54,4% de los casos resueltos.

 

  • Incremento en audiencias: 27% más que en procesos ordinarios.

 

La extensión del PDA impone nuevos desafíos, especialmente para las aseguradoras de riesgos del trabajo (ARTs):

 

  • Celeridad procesal: exige una preparación rápida y concentrada del caso.

 

  • Plazos críticos: entre el dictamen médico y la audiencia complementaria, se requiere una estrategia de conciliación definida.

 

  • Contestación de demanda: debe presentarse en solo 6 días hábiles, mientras que los trabajadores tienen 45 días para apelar.

 

  • Recurso sin efecto suspensivo: la sentencia puede ejecutarse aunque haya apelación pendiente.

 

La implementación del PDA en estos casos no solo busca acelerar los tiempos judiciales, sino también fomentar acuerdos tempranos y reducir litigios innecesarios.

El Gobierno Argentino modificó la normativa del sistema de riesgos de trabajo y aprobó una nueva Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales. Esta medida, publicada en el Boletín Oficial a través del Decreto 549/2025, entrará en vigencia en febrero de 2026 y reemplazará el esquema vigente desde 1996.

 

Este cambio no solo implica una actualización técnica, sino que redefine cómo se evalúan los daños físicos y psíquicos sufridos por trabajadores en el ámbito laboral. En esta nota, analizamos qué implica esta transformación, cómo afecta a los distintos actores involucrados y qué desafíos plantea para el futuro del trabajo en Argentina.

Desde 1996, Argentina se regía por el Anexo I del Decreto 659/1996, que establecía los criterios médicos y porcentajes de incapacidad. Sin embargo, en casi 30 años, los avances científicos, tecnológicos y sociales han generado la necesidad de una revisión profunda.

La Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales —también conocida como “Baremo Laboral”— es un instrumento técnico que permite calcular el grado de incapacidad que sufre un trabajador como consecuencia de un accidente laboral o enfermedad profesional. Este cálculo es esencial para determinar el tipo y monto de indemnización que corresponde, así como para definir si el trabajador puede continuar desempeñando sus tareas habituales.

 

¿Qué cambia con la nueva normativa?

 

La nueva tabla busca garantizar “objetividad y precisión en la valoración del daño sufrido por el trabajador”, contemplando tanto el deterioro físico como el psíquico.

Entre los principales cambios se destacan:

 

  • Actualización médica y científica: Se incorporan criterios más modernos para evaluar lesiones, enfermedades y secuelas incapacitantes.

 

  • Uniformidad en la evaluación: Se busca un criterio racional y homogéneo para todo el país, evitando disparidades entre jurisdicciones.

 

  • Inclusión de aspectos psíquicos: Se reconoce el impacto emocional y psicológico de los accidentes laborales, algo que antes era subestimado.

 

  • Adaptación tecnológica: Se contempla el uso de nuevas herramientas de diagnóstico y evaluación, como software médico, IA y telemedicina.

 

Decreto 549/2025  👉 http://estudioazocar.com/wp-content/uploads/2025/08/anexo_1.pdf

anexo_1  Boletín Oficial

El pasado 11 de julio, el Consejo de Médicos de la Provincia de Córdoba (CMPC) fue el escenario de una jornada académica de gran relevancia: la presentación del libro Exámenes en Salud, obra dirigida por el Dr. Mgt. Jorge Mercau.

Este trabajo colectivo se propone como una referencia fundamental para profesionales de la salud, el derecho y las disciplinas vinculadas a la evaluación de la aptitud laboral.

Uno de los aspectos más destacados de esta obra es la participación de la Dra. Cristina Azócar, abogada y doctora en Derecho y Cs. Sociales, coautora del libro junto a la Lic. Emilia Castro y  Lic. Pablo Mercado

La Dra. Azócar aporta un enfoque jurídico riguroso y esclarecedor, enriqueciendo la estructura multidisciplinaria del texto con su vasta experiencia en derecho laboral

Contenido estructurado en cuatro partes

La publicación se organiza en cuatro secciones complementarias:

  • Parte I: Aptitud para el trabajo. Profundiza sobre la sistemática exploratoria de los exámenes en salud, la definición de aptitud según el tipo de trabajo, el uso de profesiogramas y cómo abordar preexistencias médicas.
  • Parte II: Criterios psicológicos. Analiza la aplicación de test psicológicos para definir aptitud y el rol del psico-diagnóstico conforme a distintas labores.
  • Parte III: Ergonomía y factores de riesgo. Se centra en los criterios de selección para tareas livianas y pesadas, considerando la ergonomía y la identificación preventiva de riesgos.
  • Parte IV: Perspectiva jurídica. Es aquí donde cobra especial protagonismo la Dra. Azócar, al abordar temas como la discriminación laboral en exámenes de ingreso, marco legal internacional y nacional en torno a la aptitud.

La obra se completa con dos anexos de gran utilidad práctica: uno ilustrativo con modelos de informes médico-legales y otro legislativo, cuidadosamente desarrollado.

Autora del prólogo:  Dra. Ferrando

Editores: Erga Omnes

 

Un aporte de relevancia

La presentación en el CMPC no solo marcó el lanzamiento formal del libro, sino también un espacio de encuentro para reflexionar sobre la interdisciplina necesaria en el examen de salud laboral. La participación de la Dra. Azócar fue especialmente valorada, consolidando el carácter jurídico-sanitario de esta propuesta editorial.

En el día de hoy la jueza Moira Fullana  a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°3 resolvió hacer lugar a la medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) y suspendió provisoriamente los efectos de los artículos 2° y 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/25, firmado el 20 de mayo de 2025. Esta decisión impacta directamente en la normativa que establecía como esenciales diversas actividades, limitando el derecho a huelga.

“La Dra. Cristina Azocar afirmó que el derecho de huelga no puede ser restringido al punto de volverse abstracto. En el caso del DNU 340/25, no se observa una necesidad ni urgencia que lo justifique, siendo evidentemente contrario a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales que regulan el derecho a la huelga. En este contexto, la resolución del tribunal era previsible dentro del marco de la legalidad y la protección de los derechos afectados.”

A medida que avancen las instancias judiciales, se espera un nuevo capítulo en la discusión sobre la legalidad y alcance del DNU 340/25, con posibles apelaciones y nuevas medidas que definirán el futuro del derecho a la protesta en Argentina.

Al respecto la Dra. Cristina Azocar , ya había manifestado en reportaje Radio Lv16 Río Cuarto 22 de Mayo 2025, lo siguiente:

  https://www.instagram.com/reel/DJ9m4d3A-XC/?igsh=c244bXBhMndxbWxm

 

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