La buena fe no es un decorado

Derecho del Trabajo; Ley General de Sociedades; Ley 19550; Ley 20744

La buena fe no es un decorado

Gerente condenado por responsabilidad solidaria frente a un reclamo indemnizatorio laboral

El socio gerente de una empresa dedicada a la venta de aberturas deberá responder de forma solidaria con la empresa por haber asumido una conducta temeraria, casi dolosa, al negar todo vínculo con el reclamante en violación a su deber de buena fe.

Así lo decidió la Cámara Segunda del Trabajo de Bariloche en autos “NICOLAIDES, LEANDRO NICOLAS C/ ABERTEX S.R.L. Y BERMUDEZ, GERMAN S/ ORDINARIO” (BA-05867-L-0000) el pasado primero de noviembre cuando el actor interpuso demanda por despido indirecto contra “ABERTEX S.R.L” y en forma solidaria contra el Sr. Bermúdez en su carácter de socio gerente.

Para así decidir, la Cámara consideró que había existido una simulación que pretendió encubrir a través de un contrato de servicios una verdadera relación de subordinación y dependencia, con un posterior desconocimiento total por parte de los demandados de las reales condiciones laborales.

Asimismo, puntualizó que sin perjuicio de que en términos amplios y generales los incumplimientos por parte de una sociedad demandada – como falta de registración, pago incorrecto de aportes o de salario – son actividades provenientes del giro normal de la actividad y no autoriza a considerar que la empleadora utiliza fraudulentamente la personalidad de la sociedad, en el caso a marras, esta conducta ha aparecido de forma permanente y regular durante todo el tiempo en que transcurrió la relación laboral del actor.

Ello sumado a la negativa absoluta y rotunda del reconocimiento de una relación de dependencia, llevó a los magistrados a calificar la conducta del socio como “cuanto menos temeraria, por no señalarla como dolosa” haciéndolo por lo tanto responsable solidariamente de los créditos a abonar, con fundamento en lo dispuesto en el art. 59 de la Ley General de Sociedades, el cual recepta el deber de los representantes de la sociedad de obrar con la lealtad y la diligencia de un buen hombre de negocios bajo pena de solidaridad.

Accede al fallo completo:

https://fallos.jusrionegro.gov.ar/protocoloweb/protocolo/protocolo?id_protocolo=a4d7caae-1b58-4301-ae50-849f3f99dcd1&stj=0

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